Alberto Fujimori: su abogado espera que mañana sea liberado el expresidente
El letrado detalló que el proceso podría demorar entre 2 y 3 días, pese a que fallo ordena inmediata ejecución.
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Elio Riera, abogado del expresidente Alberto Fujimori, indicó que su defendido saldría en libertad mañana o pasado. Cabe señalar que esto pues el Tribunal Constitucional no notifica a la Corte de Ica. esta tendrá que notificar a un juzgado para que luego se curse la orden al INPE.
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En esa línea, en declaraciones para Canal N, manifestó que el plazo para presentar la orden de liberación es hasta el mediodía. Pasado ese plazo, el INPE notifica al día siguiente. Es por ello que no saldría el día de hoy y el trámite podría demorar entre 2 y 3 días.
Además, el letrado añadió que no cree que la Corte Interamericana de Derechos Humanos revierta el fallo. Asimismo, que el exmandatario tendría que ser llevado a una clínica pues se encuentra delicado de salud.
Como es de conocimiento público, el Tribunal Constitucional revirtió el fallo que retiró el indulto humanitario otorgado a Fujimori. Sin embargo, los deudos de Barrios Altos y La Cantuta señalaron que acudirán al derecho internacional para revertir la decisión.
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Alberto Fujimori: magistrados que votaron a favor de su indulto fueron denunciados constitucionalmente
La congresista de Perú Libre, Margot Palacios, presentó una denuncia constitucional contra los tres magistrados del Tribunal Constitucional que votaron a favor de aprobar el hábeas corpus presentado por la defensa de Alberto Fujimori para darle el indulto humanitario.
Según se observa en el documento presentado por la legisladora, los denunciados son Ernesto Blume Fortini (ponente del caso), José Luis Sardón de Taboad y, Augusto Ferrero Costa. Además, también incluye a Manuel Miranda Canales.
En esa línea, la acusación también comprende la sentencia que dio e TC, con el voto de los mencionados, donde se declaró improcedente la demanda de los pueblos originarios de las Comunidades Campesinas de Chila Chambilla y Chila Pucará de Puno.
“En la Sentencia del TC se sostiene que el derecho a la consulta previa no se encuentra reconocida en la Constitución, que no es un derecho fundamental aun cuando emane del convenio 169 y que menos tiene rango constitucional”, se lee en el texto.
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