Corte Suprema confirma condena contra la cúpula de Sendero Luminoso por caso Tarata
La Corte Suprema ratificó la condena de cadena perpetua impuesta a los integrantes de la cúpula de Sendero Luminoso, que encabezaba el extinto terrorista Abimael Guzmán.
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La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema ratificó la condena de cadena perpetua impuesta a los integrantes de la cúpula de Sendero Luminoso, que encabezaba el extinto terrorista Abimael Guzmán, por la muerte de 25 personas durante el atentado a la calle Tarata, en el distrito de Miraflores el año 1992.
El Tribunal resolvió declarar no haber nulidad en la sentencia dictada contra el Comité Central del grupo terrorista conformado por Elena Yparraguirre, Óscar Ramírez, María Pantoja, Laura Zambrano, Florentino Cerón, Florindo Flores, Edmundo Cox, Osmán Morote y Margot Liendo, como autores mediatos del delito de terrorismo con agravantes, en proceso judicial por el caso Tarata.
En el atentado perpetrado en la calle Tarata, Miraflores, el 16 de julio de 1992, Sendero Luminoso utilizó un coche bomba cargado con 500 kilos de dinamita y anfo, explosivo de gran poder de destrucción que acabó con la vida de 17 personas y dejó 155 heridos.
El tribunal supremo confirmó, además, el pago como reparación civil de cuatro millones de soles por el delito de terrorismo con agravantes, que pagarán los sentenciados de manera solidaria.
Además, declaró nula la sentencia de primera instancia en el extremo en que absolvió a los acusados por el delito de tráfico ilícito de drogas, por lo que ordenó la realización a la brevedad posible de un nuevo juicio oral por otro colegiado superior.
El tribunal supremo consideró que los medios de prueba presentados en el juicio por este ilícito “fueron interpretados por el tribunal superior, pero no fueron valorados adecuadamente al utilizar inferencias probatorias que vulneraron la sana crítica racional”.
Debe señalarse que la resolución declaró también extinguida por fallecimiento la acción penal iniciada contra Abimael Guzmán por los delitos contra la tranquilidad pública-terrorismo con agravantes y contra la salud pública-tráfico ilícito de drogas con agravantes, en agravio del Estado.
En consecuencia, ordenó el archivo definitivo de los actuados y dio por concluido el proceso penal seguido en su contra.
La referida condena fue dictada por Sala Penal Permanente de la Corte Suprema presidido por el juez supremo César San Martín e integraba los magistrados Iván Sequeiros, Ramiro Bermejo, Sonia Torre y Norma Carbajal.
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