Arequipa: condenan a cadena perpetua a un sujeto que abusó de una menor de edad

El Poder Judicial de Arequipa condenó a cadena perpetua contra Juan Edwin Lipa Mamani por abusar sexualmente a una menor de 13 años de edad.

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Condenan a cadena perpetua a  Juan Edwin Lipa Mamani por abusar sexualmente de una menor de edad
Condenan a cadena perpetua a Juan Edwin Lipa Mamani por abusar sexualmente de una menor de edadCrédito: Corte Suprema

El Poder Judicial de Arequipa sentenció a la pena máxima de cadena perpetua contra Juan Edwin Lipa Mamani por abusar sexualmente de una menor de 13 años de edad en su vivienda del distrito de Cerro Colorado el 2019.

El Juzgado Penal Colegiado de Cerro Colorado - Camaná sub especializado en Delitos Asociados a la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, encontró culpable al imputado Juan Edwin Lipa Mamani (55) como autor del delito de violación sexual en agravio de una menor de 13 años.

Adicionalmente, la jueza Patricia Posadas Larico y los jueces Ramiro Lorottupa Cáceres y Marcio Arteaga Espinoza, ordenaron que el agresor pague de una reparación civil de 8 mil soles a favor de la parte agraviada y la inhabilitación de manera definitiva para laborar en instituciones vinculados al sector educación en el sector público o privado.

La sentencia señala que los hechos se registraron el 13 de marzo del 2019, en una vivienda del distrito de Cerro Colorado, donde el sujeto aprovechó la ausencia de la madre para cometer el abuso.

Tras lo ocurrido, la niña le contó lo sucedido a su prima, posteriormente el inculpado fue denunciado ante la policía.

Posteriormente, Juan Edwin Lipa Mamani fue detenido el 14 de julio del 2021 y actualmente se encuentra recluido en el establecimiento penitenciario de Socabaya donde cumplirá la pena impuesta que es de ejecución provisional inmediata, hasta que la instancia superior se pronuncie.

PUEDEN DENUNCIAR

Las niñas, niños y adolescentes pueden denunciar actos de violencia en su agravio o en agravios de otras personas sin la necesidad de la presencia de una persona adulta o representante legal, según lo establece la Ley 30364 - Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar.

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