Mesa Redonda: Jorge Muñoz podría incurrir en delito de omisión por incendio en Plaza Central
Especialistas indicaron que el alcalde de Lima podría ser denunciado penalmente si se comprueba que su gestión conocía la galería ilegal desde el 2017.
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Luego del feroz incendio ocurrido el pasado último jueves 30 de diciembre en un almacén clandestino dentro de la galería Plaza Central, en el conglomerado de Mesa Redonda. El alcalde de Lima, Jorge Muñoz podría ser denunciado penalmente.
En ese sentido, el abogado César Nakazaki mencionó que para que Jorge Muñoz sea responsable del incendio en Mesa Redonda tiene que cumplirse el supuesto de que conocía una orden de desmantelamiento desde el 2017.
“Para que este delito alcance el alcalde, tendría que demostrarse que se ha puesto en su conocimiento y que conociendo esto, el alcalde no dio esa orden, entonces habría omisión y un incumplimiento”, señaló el penalista.
Como se lee en el artículo 377 del Código Procesal Penal, que regula el delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales, establece que:
“El funcionario público que, ilegalmente, omite, rehúsa o retarda algún acto de su cargo, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años y con treinta a sesenta días multa”.
“Sí, podría incurrir (en delito de omisión de funciones) porque no ha habido muertes en el incendio. Cualquier responsabilidad penal sería por omisión, pero siempre y cuando haya conocido estos actos de fiscalización. En todos los casos, siempre va a necesitarse que el alcalde tenga este conocimiento particular porque hay áreas que se encargan de este tema”, añadió César Nakazaki.
Además, mencionó que, si en caso Jorge Muñoz retardó la demolición del presunto recinto, entonces sí se estaría configurando del encubrimiento u omisión de sus funciones.
“Si el funcionario público no cumple con sus funciones, y retarda, en este caso, la demolición, esta figura delictiva se conoce como delito de encubrimiento de sus funciones. En el caso del alcalde Muñoz tendría que demostrarse algo intencional por parte de la municipalidad, o si intencionalmente ha incumplido con su función”, explicó el penalista a esta redacción.
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