Bono de 600: dónde ver el padrón de beneficiarios del tercer bono del Gobierno
El bono 600 soles se está pagando desde el pasado 17 de febrero. Conozca AQUÍ si eres parte del padrón de beneficiarios.
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Con el fin de apoyar a las familias peruanas que se han visto afectadas por la pandemia, el Gobierno está otorgando un bono de 600 soles desde el pasado 17 de febrero. ¿No conoces si eres beneficiario? En esta nota podrás saberlo y también la fecha que te toca cobrarlo.
Cabe resaltar que este apoyo económico está destinado para aquellos hogares que viven en las regiones con nivel de alerta extremo que están en cuarentena hasta el 28 de febrero.
LINK oficial del Bono 600
- Ingresa a la plataforma oficial del bono: https://bono600.gob.pe/
- Haz clic en el botón Consulta con tu DNI
- Ingresa tu número de DNI y su fecha de emisión
- Haz clic en ‘No soy un robot’ y luego acepta la Política de privacidad
- Finalmente, consulta si tu hogar es beneficiario del bono 600
- En el caso de que seas beneficiario, la plataforma de indicará la modalidad y fecha de cobro
¿Cuándo me toca cobrar el Bono 600?
El Midis decidió dividir a los beneficiarios en cuatro grupos. Los primeros en recibir el bono 600 fueron los integrantes de grupo sociales como Juntos, Contigo y Pensión 65. Desde el 26 de febrero se inició con la entrega del segundo grupo que son hogares con cuentas bancarias, billeteras digitales y banca celular.
El tercer grupo está conformado por hogares en comunidades sin entidades financieras. El cuarto y último grupo serán los que no tienen cuentas bancarias ni líneas telefónicas identificadas.
Bono 600: Requisitos para cobrar el subsidio
- Los hogares que se encuentren en el cuadro de pobreza y pobreza extrema de acuerdo al Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH).
- Los hogares que integren el programa de Juntos o con algún integrante dentro de los programas como Pensión 65 y Contigo.
- Los hogares que no estén en planilla pública o privada, siempre y cuando sus miembros no superen un ingreso mensual de S/ 3.000 soles
- Todos esos hogares deben figurar en el Registro Nacional de Hogares (RNH), a cargo del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec). Así lo establece el Decreto de Urgencia N.° 010-2021, publicado en el diario El Peruano.
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