Apra es rechazada por el JEE para inscribir candidatos al Congreso
Jurado Electoral Especial Lima Centro 2 decidió no aprobar la solicitud presentada por el personero legal del partido para que candidatos aspiren al Parlamento Nacional.
Únete al canal de Whatsapp de El Popular- Caso de profesor asesinado en Ate da giro radical: habría exigido S/5 millones a traficantes de inmuebles
- Cajamarca: tesorera que habría robado S/42 mil de promoción escolar es hallada muerta en hostal
El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 2 declaró como improcedente la inscripción de candidatos al Congreso del Partido Aprista Peruano (APRA) luego de que el personero legal del partido, José Pimentel, presentara una solicitud para que se les habilitara la plataforma que les permita culminar el proceso.
Con ello, ninguno de los ganadores en los comicios internos del partido podrán participar en las próximas elecciones del 2021. Sin embargo, para Pimentel, la decisión del JEE revela un “tratamiento diferenciado que vulnera el principio de trato igualitario”.
Frente a ello, el JEE Lima Centro 2 señala que "la norma constitucional en sus artículos 2° inciso 17) y 31° al consagrar el derecho fundamental del ciudadano a participar de la vida política, ejercer su derecho al voto, elegir o ser elegido, deben ejercerse conforme a las condiciones y procedimientos determinados por la ley; esto, en concordancia con el artículo 8° de la Ley Orgánica de Elecciones 1, por lo que dicha exigencia no debe entenderse en forma alguna como vulneración a dichos derechos constitucionales, pues los actores electorales deben adecuar su participación a la normatividad vigente”.
Asimismo, menciona que la plataforma Declara para culminar la inscripción de candidatos al Parlamento, solo se puede dar dentro del periodo que corresponde.
“Las organizaciones políticas deben solicitar la inscripción de la fórmula y listas de Candidatos al Congreso de la República y al Parlamento Andino dentro del plazo establecido en el cronograma electoral aprobado por el JNE”, indica el oficio.
En ese sentido, el Jurado Electoral Especial asegura que el personero legal del Apra “no actuó de manera diligente ni oportuna” ya que tuvo “un plazo razonable para cumplir con el ingreso de la lista de candidatos”.