Venezolano es condenado a pena suspendida por pagar coima a un policía
La Fiscalía Anticorrupción logró que se condene a un ciudadano venezolano por sobornar a un policía para que no le imponga una papeleta por infracción de tránsito.
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Un conductor de nacionalidad venezolana, que intentó sobornar a un efectivo policial de tránsito, fue condenado a tres años y cuatro meses de pena suspendida
El Cuarto Despacho de la Segunda Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima Centro, a cargo del fiscal Marco Huamán Muñoz, logró que se le imponga una pena suspendida, mediante la aplicación del proceso inmediato por terminación anticipada.
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Se trata del ciudadano venezolano José Miguel Afonso García quien, tras 72 horas de ser denunciado ante la Fiscalía por el delito de cohecho activo en la función policial, fue sentenciado a 3 años y 4 meses de pena privativa de la libertad suspendida por dos años y al pago de mil soles como reparación civil a favor del Estado y a la inhabilitación definitiva para obtener licencia de conducir en territorio peruano.
Como resultado de los indicios reunidos por el fiscal adjunto Alain Flores Quispe, el imputado aceptó que el pasado 3 de julio colocó 20 soles entre los documentos que entregó al suboficial de la Unidad de Control de Tránsito Zona Centro, Jhonny Anthonny Enciso Falcón.
El ciudadano venezolano confesó, que lo hizo con el fin de evitar que el policía le imponga una papeleta de infracción por estacionar incorrectamente la combi de placa PL-18277 y obstruir el tránsito vehicular a la altura del cruce de la av. Argentina con el jr. Huarochirí.
El juzgado de investigación preparatoria especializado en corrupción de funcionarios de Lima aceptó el acuerdo de terminación anticipada donde participaron el representante del Ministerio Público, de la Procuraduría Pública y el defensor legal del imputado.
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Le impuso, varias reglas de conducta que el sentenciado deberá también cumplir a fin de que no se revoque a pena efectiva la sentencia impuesta en su contra figuran, no ausentarse de su domicilio sin previo conocimiento de la judicatura, comparecer mensualmente ante el juzgado durante el tiempo de suspensión de la pena, pagar la reparación civil y no cometer actos delictivos principalmente relacionado a corrupción de funcionarios.