Minedu establece Decreto de Urgencia para erradicar colegios informales

El Ministerio de Educación (Minedu) y la Dirección Regional de Lima Metropolitana (DRELM) han detectado 1,315 colegios informales.

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Los colegios que no cuentan con autorización de funcionamiento serán cerrados de manera gradualmente
Los colegios que no cuentan con autorización de funcionamiento serán cerrados de manera gradualmente

El Ministerio de Educación (Minedu) estableció el Decreto de Urgencia N° 002-2020 con el fin de mejorar la calidad del servicio educativo privado del país. El Minedu habría identificado varios centros educativos informales y establecimientos que funcionaban sin autorización en Lima y en provincia. La norma se publicó el miércoles 8 de enero en el diario oficial El Peruano.

Durante el año 2019, el Minedu, las UGEL, el Indecopi y los gobiernos locales supervisaron instituciones educativas particulares ubicadas en Arequipa, Callao, La Libertad, Lambayeque, Lima Provincias y Piura; regiones donde se concentra el mayor número de colegios particulares.

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Tras la inspección el Ministerio de Educación y la Dirección Regional de Lima Metropolitana (DRELM) han detectado 1,315 instituciones educativas (II.EE.) privadas que prestan servicios educativos informales y 264 establecimientos que funcionan a pesar de no estar autorizados por el sector.

El Decreto de Urgencia N° 002-2020 permite al Minedu revocar autorizaciones a escuelas que no cumplan con las condiciones bajo las cuales obtuvieron la autorización o no se encuentren en actividad y cerrar establecimientos que prestan servicios educativos sin contar con autorización de funcionamiento.

Al ser establecimientos sin autorización, los estudiantes no se encuentran protegidos ante casos de violencia, cobros indebidos de pensiones o expuestos a viajes escolares inseguros, entre otros.

Para la implementación de esta medida, el  Ministerio de Educación brindará la asistencia técnica necesaria a las Direcciones Regionales de Educación y UGEL con la finalidad de garantizar respuestas oportunas a aquellos interesados en invertir en la educación privada.

Asimismo, para asegurar la transparencia de la información de las instituciones educativas privadas a las familias, el Decreto de Urgencia establece que al menos 30 días antes del proceso de matrícula se debe informar sobre el monto, número y fecha de pago de las pensiones y las cuotas de matrícula y de ingreso. Además los colegios particulares privadas deberán informar 30 días antes de finalizar el año lectivo sobre los aumentos de pensiones del siguiente año.

El Decreto de Urgencia N° 002-2020 entrará en vigencia hasta en un plazo no mayor a 180 días calendario contados a partir del día siguiente de su publicación. Asimismo, se espera que esta medida contribuya a mejorar las condiciones educativas básicas de las instituciones educativas privadas del país.

Minedu busca formalizar los colegios particulares

Para los colegios que presentan algún grado de informalidad, y con el objetivo de asegurar la continuidad de sus estudiantes en el sistema escolar, se plantea realizar las orientaciones correspondientes sobre los requisitos que deben cumplir para lograr su formalización.

En coordinación con la DRELM se conformará una comisión multidisciplinaria y para las  demás regiones, se acompañará a las Direcciones Regionales para que puedan realizar las acciones de orientación correspondientes.

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Sin embargo, los establecimientos que no cuentan con ninguna autorización de funcionamiento por parte del sector, serán cerrados de manera gradual y los estudiantes que terminaron sus estudios en este tipo de establecimiento podrán ingresar al sistema educativo a través de la “evaluación de ubicación”, un proceso que se utiliza para determinar el grado de estudios que le correspondería al estudiante.

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