Juez del Poder Judicial de Chiclayo fue destituido por favorecer a procesados

Este juez vulneró el deber de imparcialidad para emitir sus fallos en Chiclayo.

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El juez del Poder Judicial de Chiclayo fue destituído por el CNM
El juez del Poder Judicial de Chiclayo fue destituído por el CNM

La Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA), del Poder Judicial, a cargo de la doctora Ana María Aranda Rodríguez, propuso la destitución contra el Juez del Tercer Juzgado Civil de Chiclayo, de la Corte Superior de Lambayeque, Oscar Rómulo Tenorio Torres, al concluir la investigación disciplinaria.

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Finalmente, el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), mediante una resolución aparecida recientemente en el diario oficial -acogiendo la propuesta de la OCMA- ha resuelto retirar definitivamente de toda función jurisdiccional al citado ex magistrado.

Como se recuerda, en la investigación disciplinaria llevada a cabo por la OCMA, quedó evidenciado que el ex magistrado Tenorio Torres, incurrió en infracción de los deberes previstos en la Ley de la Carrera Judicial, básicamente, quebrantando el deber de impartir justicia con observancia del debido proceso y vulnerando el deber de imparcialidad, al otorgar una inusitada celeridad al pedido de un litigante, en desmedro del trámite regular que deben seguir los demás expedientes que giraban en el referido Juzgado.

El magistrado es acusado del delito de prevaricato, por haber emitido un fallo basándose, al parecer, en argumentos inexistentes sobre el proceso por la posesión de un terreno.

La doctora Aranda Rodríguez, Jefa de la OCMA, exhorta a todos los jueces y juezas del territorio nacional a impartir justicia con independencia e imparcialidad, a fin de coadyuvar en la correcta Administración de Justicia en el Poder Judicial.

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Señaló, “Todos los magistrados de este poder del Estado deben actuar con probidad y cumplir las obligaciones que señala la ley, de lo contrario serán pasibles de una investigación disciplinaria y eventualmente, de la sanción más drástica, según la normatividad vigente y los Reglamentos Disciplinarios de la OCMA”.

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