Poder Judicial pide al Congreso ejecutar condena contra congresista Edwin Donayre
El Poder Judicial, reiteró el pedido al Congreso que haga efectiva la condena de cinco años y seis meses de prisión ectiva que se le impuso al congresista Edwin Alberto Donayre Gotzch, por el caso del gasolinazo.
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El presidente del Poder Judicial, Víctor Prado Saldarriaga, reiteró hoy la solicitud al Congreso de la República para que autorice hacer efectiva la sentencia condenatoria de cinco años y seis meses de pena efectiva que sele impuso al congresista Edwin Alberto Donayre Gotzch, por el caso del gasolinazo.
La Corte Suprema sostiene que para que se ejecute la condena no se requiere que el fallo esté en segunda instancia.
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El Poder Judicial envió un oficio dirigido al titular de Legislativo, Daniel Salaverry Villa, el cual contiene la resolución de la Comisión de Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria del Poder Judicial.
El documento establece que no existe sustento legal que ampare la decisión de la Comisión de Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria del Congreso para devolver a la Corte Suprema el expediente de Edwin Donayre Gotzch, alegando carencia de firmeza del fallo judicial.
La resolución precisa que el Parlamento no ha tomado en cuenta que en el fundamento 15 del pedido, realizado el pasado 11 de setiembre, está indicado de manera expresa que la sentencia debía ejecutarse en concordancia con lo establecido en los artículos 293 y 330 del Código de Procedimientos Penales.
Agrega que el recurso de nulidad interpuesto contra el fallo judicial no impide cumplir la sentencia condenatoria, por lo que no resulta necesaria la segunda instancia.
Añade que conforme al artículo 4 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial las sentencias deben ejecutarse, debiéndose dar cumplimiento estricto del ordenamiento jurídico-penal aplicable a este caso.
FUNDAMENTOS ADICIONALES
El oficio enviado al Congreso incluye los fundamentos adicionales del juez supremo Francisco Távara Córdova, presidente del referido grupo de trabajo del Poder Judicial, que también integran los magistrados Jorge Luis Salas Arenas y Janet Tello Gilardi.
Távara Córdova sostiene que la solicitud para autorizar la efectividad de la sentencia, debió ser sometida al Pleno del Congreso para su deliberación, tal como en su momento lo sostuvo la legisladora Luciana León Romero, presidenta de la Comisión de Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria de ese poder del Estado.
Asimismo, conforme al Código de Procedimientos Penales de 1940, en base al cual ha sido tramitado el proceso, el recurso de nulidad presentado contra la sentencia condenatoria no tiene efecto suspensivo, es decir, es ejecutada conforme a sus propios términos.
Del mismo modo, conforme al Nuevo Código Procesal Penal del año 2004, el recurso de casación interpuesto contra la sentencia también carece de efecto suspensivo.
El magistrado sostuvo que la comisión a su cargo actúa con estricto respeto a los principios de independencia e imparcialidad en todos los casos que son motivo de su conocimiento y pronunciamiento.
En ese sentido, considera inapropiadas las expresiones del congresista Carlos Tubino Arias Shereiber que atribuye “mala fe” a la conducta de la Comisión de Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria de la Corte Suprema.
También ratifica su convicción en la forma democrática de gobierno y es respetuoso de la garantía procesal de la inmunidad parlamentaria dentro del marco constitucional, legal y reglamentario.
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Edwin Donayre fue sentenciado a cinco años y seis meses de prisión efectiva al encontrarlo culpable por el delito de peculado en agravio del Estado por apoderarse del combustible que fue asignado a la Primera Brigada de las Fuerzas Especiales del Ejército y la Región Militar Sur en el 2006.
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