Poder Judicial: Orellana ya no tendrá oficina de abogados en el penal de Challapalca

El interno Rodolfo Orellana Rengifo, no podrá ejercer la labor de abogado en el interior del Penal de Challapalca, debido a que el Poder Judicial de Tacna le revocó el fallo

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Poder Judicial revocó fallo que ordenaba al interno Rodolfo Orellana instalar estudio de abogados en el penal de Challapalca
Poder Judicial revocó fallo que ordenaba al interno Rodolfo Orellana instalar estudio de abogados en el penal de Challapalca

El presidente del Poder Judicial de Tacna, Jorge Alberto de Amat Peralta, informó hoy que la Sala Penal de Apelaciones revocó la sentencia de primera instancia que permitió al interno Rodolfo Orellana Rengifo, ejercer la labor de abogado en el interior del penal de Challapalca, en donde está recluido cumpliendo 36 meses de prisión preventiva.

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“El interno Orellana Rengifo vuelve a su condición regular ordinaria sin contar con facilidades para que cumpla su función de consejero o abogado”, señaló De Amat Peralta al explicar los alcances de la resolución emitida por el referido órgano jurisdiccional.

El tribunal que resolvió la apelación al hábeas corpus, presentado por el imputado, está integrado por los jueces superiores Pedro Limache Ninaja, Javier Carlos Salazar Flores y Guido Manuel Vicente Aguilar.

En declaraciones a la prensa, De Amat Peralta, negó que, en virtud a la sentencia de primera instancia, Orellana Rengifo haya montado un estudio de abogados en el interior del centro carcelario como lo han señalado algunos funcionarios del Instituto Nacional Penitenciario (Inpe).

“Con estas afirmaciones cualquier ciudadano grafica mentalmente una oficina con muebles, escritorio, computadora y teléfono, y esto no es así”, aclaró tras precisar que la medida dictada por la jueza Indira Condori Cama no vulneraba, ni flexibilizaba las medidas de seguridad del penal.

JUEZA

En tal sentido, la magistrada descartó injerencia alguna en la emisión de la resolución del 02 abril pasado y rechazó que haya habilitado una caseta para que el interno Rodolfo Orellana Rengifo cumpla su labor de abogado.

A través de un pronunciamiento, la magistrada sostiene que en el considerando 21 de la sentencia, textualmente se dice “no se podrá permitir que el interno se encuentre en una oficina sentando a la espera de internos” y agregó, que “es deber de todo ciudadano responsable informarse antes de juzgar”.

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Condori Cama explicó que el mencionado interno “forma parte de un pabellón satélite conjuntamente con las personas que se afirman son sus clientes, no se ha fomentado que se le asigne una oficina, ni que a raíz de la resolución ha ganado clientes”, indicó.

Sostuvo que los reclusos con quienes Orellana Rengifo comparte el pabellón ya venían presentando escritos de hábeas corpus firmados por él y otros abogados, los mismos que fueron denegados por el juzgado a su cargo.

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