Juez supremo César San Martín se inhibió en investigar el caso de Keiko Fujimori

El presidente de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, César San Martín Castro, se inhibió en conocer el caso de la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori Higuchi y su esposo Mark Vito Villanella, por el caso Cócteles

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Juez supremo César San Martín se inhibió en investigar el caso de Keiko Fujimori
Juez supremo César San Martín se inhibió en investigar el caso de Keiko Fujimori

El presidente de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, César San Martín Castro, se inhibió en conocer el caso de la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori Higucho y su esposo Mark Vito Villanella, acusados por el delito de lavado de activos, por el caso Cócteles.

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Así lo dio a conocer San Martín Castro a través de una carta dirigida a los integrantes de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, tras el pedido presentado por la defensa del Partido Político Fuerza Popular para que el magistrado supremo se aparte de ver el Recurso de Casación 00528-2018.

En la misiva señala que adopta esa decisión para garantizar un proceso justo y equitativo frente a la sospecha de una supuesta falta de imparcialidad, que como es sabido es un elemento que integra el contenido esencial de un debido proceso.

“Es verdad que las apariencias son fundamentales, tanto resulten razonables para justificar objetivamente el temor de parcialidad”, indica el magistrado supremo.

Ante esa situación, San Martín Castro aclaró que durante su presentación ante la comisión del Congreso que investiga el denominado caso Madre Mía, no hizo mención a persona alguna en particular.

SOMETIMIENTO A SALA PLENA

En otra carta, esta vez dirigida al presidente del Poder Judicial Víctor Pardo Saldarriaga, el juez señala que se somete a la decisión que adopte la Sala Plena de la Corte Suprema respecto al audio en que sostiene una breve conversación con el extitular de la Corte Superior del Callao, Walter Ríos Montalvo.

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“Considero indispensable que, por estos hechos, y a los efectos éticos o disciplinarios que será del caso dilucidar, se sirva disponer que la Sala Plena de este Supremo Tribunal decida lo que corresponda en derecho”, remarcó.

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