Fuero Militar estará en acción permanente durante las manifestaciones del 19 de julio

El Fuero Militar Policial a través de su órgano fiscal realizará labor preventiva durante las movilizaciones programadas para el 19 de julio en la ciudad de Lima y en las diversas regiones del país.

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El Fuero Militar Policial en acción permanente durante las manifestaciones del 19 de julio
El Fuero Militar Policial en acción permanente durante las manifestaciones del 19 de julioCrédito: Fuero Militar Policial

El Fuero Militar Policial a través de su órgano fiscal realizará labor preventiva e investigará hechos donde se encuentren involucrados efectivos de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú en situación de actividad, que incurran en presunto delito de función, en su labor de seguridad y resguardo, durante las movilizaciones programadas para el 19 de julio en la ciudad de Lima y en las diversas regiones del país.

En días previos, la Fiscalía Suprema Militar Policial capacitó a más de 350 efectivos de las FFAA y PNP, sobre rol del Fuero Militar Policial y de manera especial se dictaron aspectos claves de prevención sobre el delito de función, en sus diversos tipos penales, sobre todo aquellos que se presentan en escenarios de conflictos y manifestaciones, en el marco del Código Penal Militar Policial y normas relativas al uso de la fuerza.

En este marco preventivo, el General CJ PNP Ricardo Vásquez Perez, Fiscal Supremo Militar Policial, sostuvo una reunión de coordinación con el General PNP Roger Perez Figueroa, Jefe de la Región Policial Lima, en la que realizó una serie de recomendaciones con la finalidad que sean transmitidas a los Comandos, Jefes Operativos y personal policial bajo su mando.

De igual forma los Fiscales en cada uno de las instancias previstas en la organización del Fuero Militar Policial, vienen coordinando en su nivel con los comandos y jefaturas de la región y guarnición Lima, para minimizar cualquier riesgo de conducta ilícita en que puedan incurrir los miembros de la fuerzas del orden en el ejercicio de sus funciones.

El delito de función Según el Código Penal Militar Policial (D. Leg. 1094) en su Artículo II, es toda conducta ilícita cometida por un militar y policía en actividad, que atente contra los bienes jurídicos vinculados con la existencia, organización, operatividad o funcionamiento de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú.

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