¿Es posible aplicar la pena de muerte para los violadores a raíz del asesinato de niña de SJL?

El caso de la menor de once años asesinada en San Juan de Lurigancho ha puesto en debate el tema de la pena de muerte para los violadores en el Perú

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La repudiable muerte de la menor M.J.A.R. de 11 años, en San Juan de Lurigancho, ha puesto en debate un tema que, en reiteradas oportunidades, ha generado todo tipo de reacciones en la ciudadanía: la pena de muerte para los violadores

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En ese sentido, la pregunta es la siguiente: ¿Se puede aplicar en el Perú? La respuesta es No. La razón de que no podría aplicarse en el país es que, en julio de 1978, se firmó el Pacto de San José de Costa Rica, que entre otras cosas, impide a los países extender la pena de muerte para delitos que no estuvieran ya contemplados con anterioridad en sus territorios. 

Sin embargo, pese a que el Perú está adscrito a este pacto, en el 2006 se buscó implantar la pena de muerte por violación.  

En el Congreso de la República se presentó un proyecto de ley 281/2006-PE que planteaba modificar el artículo 40° de la Constitución por el siguiente texto: “La pena de muerte sólo puede aplicarse por delito de traición a la Patria en caso de guerra, el de terrorismo, y el de violación sexual de menor de siete años de edad seguida de muerte”.  

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Esta iniciativa legislativa, al final, no llegó a debatirse en el fuero parlamentario.  

¿Y cómo es en otros países? La violación sexual se castiga con la muerte en países como Corea del Norte, Tailandia, Irak, Egipto, Uganda, Bangladesh, China, Emiratos Árabes Unidos, Irán, Pakistán, Palestina, Siria, Sri Lanka, Tayikistán y Vietnam. 

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