Sueldo mínimo: trabajadores que reciben asignación familiar también se benefician

Con aumento que rige desde el 1 de mayo monto mensual pasa de 75 a 85 soles.

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Importante beneficio
Importante beneficio

Desde el 1 de mayo el sueldo mínimo para los trabajadores de la actividad privada pasará de S/ 750 a S/ 850. El incremento además trae consigo un impacto positivo en otros salarios y beneficios laborales que reciben los empleados.MIRA MÁS: Sueldo mínimo: Poder Ejecutivo oficializa aumento de sueldo mínimo a S/850Según César Puntriano, socio del área laboral de PwC, este aumento impactará en la asignación familiar que reciben los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, pues este beneficio se incrementará en 10 soles de S/ 75 a S/ 85.QUÉ ES LA ASIGNACIÓN FAMILIARSegún el Ministerio de Trabajo este monto es equivalente al 10% del sueldo mínimo, que a partir del 1 de mayo se elevará de S/ 750 a S/ 850, es decir a S/ 85.Todos los trabajadores del sector privado tienen derecho a recibir una asignación familiar, independientemente del número de hijos que el trabajador tenga. En caso ambos padres sean trabajadores de la misma empresa, los dos tendrán derecho al pago de esta asignación.Y si el trabajador labora  para  más  de  una empresa, éste tendrá derecho a percibir la asignación familiar por cada uno sus empleadores. Asimismo el trabajador que tenga un hijo mayor de edad declarado incapaz hasta que su hijo alcance la mayoría de edad.Si el trabajador tiene un hijo mayor de edad cursando estudios superiores; la normativa  no excluye los  supuestos  como  que  éstos  trabajen  y estudien a la vez o que tengan hijos.TÉRMINO DE BENEFICIOEste derecho vence cuando el dependiente llega a la mayoría de edad (18 años). Y si el hijo (a) estudia la entrega de este dinero adicional se extiende hasta que termine sus estudios superiores o cuando cumpla 24 años.Otros efectos del alza del sueldo mínimoACTIVIDAD AGRARIALa remuneración diaria de los trabajadores del sector agrario, regulada por un régimen especial se incrementará de S/ 29.26 a S/ 33.16.TRABAJO NOCTURNOPara los trabajadores cuya jornada laboral en horario nocturno (de 10:00 p.m. a 6:00 a.m.), la remuneración mínima que recibirán pasará de S/ 1012.50 a S/ 1147.50. Este sueldo equivale a una RMV más un adicional de 35% de la misma.SECTOR MINEROAsimismo, el incremento del sueldo mínimo impactará en la remuneración mínima de los trabajadores mineros, que equivale a un 25% adicional de una RMV. Actualmente es de S/ 937.50 a S/ 1062.50 desde mayo de este año.

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