Ejecutivo permitiría la pesca industrial en el área natural protegida

Decreto Supremo que crearía Reserva Nacional incluye artículo que permite pesca industrial en área natural protegida

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Ejecutivo permitiría la pesca industrial en el área natural protegida
Ejecutivo permitiría la pesca industrial en el área natural protegida

El gobierno está a punto de crear el área natural protegida marina más grande del Perú y la primera exclusivamente marina. Sin embargo, lo que debería ser motivo de alegría, sobre todo en un país con ecosistemas únicos y frágiles como el nuestro, genera profunda preocupación.

El Decreto Supremo que crearía la Reserva Nacional Dorsal de Nasca (RNDN) incluye un polémico y peligroso artículo que permite la pesca industrial dentro del área natural protegida. Esto no sólo contradice el sentido de crear un área natural protegida, sino que vulnera la Ley de Áreas Naturales Protegidas y su respectivo reglamento.

En países vecinos como Chile o Ecuador, que protegen cada uno el 42 y 13,5 % de su mar, este tipo de “licencias” son impensables. De hecho, el 83 % de las embarcaciones atuneras extranjeras que pescan en la Dorsal de Nasca son ecuatorianas y tienen prohibido pescar en sus áreas protegidas como las Islas Galápagos.

El Decreto Supremo que se pretende aprobar este jueves en consejo de viceministros, lejos de protegernos de la pesca industrial la terminaría avalando.

César Ipenza, abogado especialista en derecho ambiental y ex asesor del ex ministro del ambiente, Antonio Brack, aseguró que la creación de la Reserva Nacional Dorsal de Nasca en estas condiciones es peligrosa y contradictoria.

“Si vamos a permitir que exista pesca industrial en zonas de conservación estrictas, en la práctica, lo que el gobierno estaría creando son áreas de papel que no protegen realmente nuestra biodiversidad”, advirtió.

Asimismo, el especialista considera que hay que tener mucho cuidado en la aprobación de decretos de esta naturaleza en la que se permite la pesca industrial y pesca del bacalao.

“Existen precedentes en los que lo excepcional se vuelve un peligroso hábito, pero este DS (Decreto Supremo) va un paso más allá porque contradice la Ley de Áreas Naturales Protegidas y el mandato de protegerlas que está en la Constitución”, indica.

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