Defensoría del Pueblo: Reglamento de Ley de trabajadoras del hogar permitirá garantizar sus derechos esenciales

La Defensoría del Pueblo mencionó que dicho reglamento acoge, entre otros aspectos, los principios de igualdad y no discriminación contra las trabajadoras del hogar.

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Trabajadoras del hogar se verán beneficiadas con el reglamento.
Trabajadoras del hogar se verán beneficiadas con el reglamento.Crédito: Difusión

La Defensoría del Pueblo saludó la publicación del reglamento de la Ley N° 31047 'Ley de trabajadoras y trabajadores del hogar', que, acoge, entre otros aspectos, los principios de igualdad y no discriminación contra los trabajadoras y trabajadores del hogar.

"El reglamento tomó en cuenta la recomendación de la Defensoría", indica. Asimismo, el reglamento acoge también los principios de la primacía de la realidad, irrenunciabilidad de derechos, asociación y libertad sindical, entre otros. "También, incorporó de manera expresa la obligación de las y los empleadores de extender boletas de pago a las personas trabajadoras del hogar", detalló la Defensoría del Pueblo", resalta.

Por otra parte, la Defensoría del Pueblo mencionó que el reglamento regula las formas de prestación de trabajo en el hogar, sea con o sin residencia, a tiempo completo o parcial. También, se reconocen los derechos colectivos en cuanto a la negociación colectiva y libertad sindical, lo cual se considera esencial ante una vulneración de derechos laborales.

"Un problema esencial para la Defensoría del Pueblo resulta la lucha contra el hostigamiento sexual laboral, más aún en la labor de las trabajadoras del hogar, que se han visto afectadas por esta forma de violencia de género de manera impune. En ese sentido, destaca que el reglamento incluya mecanismos para la capacitación virtual o presencial que prevenga este problema, los cuales estarán dirigidos al empleador/a y la persona trabajadora del hogar", señaló.

"Adicionalmente a ello, se establece la protección de la maternidad de la mujer trabajadora del hogar y se señala como nulo su despido por encontrarse en esta condición, además de que goza del derecho al descanso pre y posnatal conforme al régimen laboral privado. También, se estableció la obligación expresa de que el empleador/a garantice condiciones laborales óptimas para prevenir el contagio del COVID-19 o enfermedades infectocontagiosas, sean o no pandémicas", acotó.

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