Dictan prisión preventiva contra seis policías por no acatar toque de queda

Fuero Militar del Cusco dictó dos meses de prisión preventiva contra seis policías por no acatar el toque de queda durante el estado de emergencia.

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Fuero Militar dictó dos meses de prisión preventiva contra seis policías que no acataron toque de queda
Fuero Militar dictó dos meses de prisión preventiva contra seis policías que no acataron toque de quedaCrédito: Fuero Militar Policial

El Fuero Militar Policial dictó dos meses de prisión preventiva contra seis efectivos policiales, por beber licor en el quinto piso de un edificio ubicado en el distrito de Wachaq en el Cusco, el pasado 22 de marzo, durante el estado de emergencia dispuesto por el Gobierno, para evitar el avance del coronavirus (COVID-19).

El juez del 24 Juzgado del Fuero Militar Policial de Cusco, a cargo del teniente coronel EP William Pinto Huatalcho, dispuso dos meses de prisión preventiva para cinco efectivos policiales por la comisión de delitos de función al incumplir disposiciones de comando.

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Estos policías fueron intervenidos el pasado 22 de marzo uando consumían bebidas alcohólicas en una reunión durante el Estado de Emergencia Nacional.

Son investigados los suboficiales de tercera Kevin Barón Mendivil, Lizbhet Paula Zuñiga Quehuarucho, Flor de Soqollullo
Valenzuela Pfoccori y Demnichs Piter Ascona Salcedo
y el suboficial PNP de segunda, Irvin Choquepata Ayma, contra el Servicio de Seguridad, modalidad Violación de consigna y Contra la integridad institucional, modalidad Desobediencia en agravio del Estado.

Por otro lado, el día 24 de marzo del presente, el mismo Juzgado Militar Policial dispuso dos meses de prisión preventiva contra el suboficial de tercera PNP, Naty Karina Ayala Camero.

Esta efectivo policial fue intervenida luego de protagonizar un accidente de tránsito en estado de ebriedad el día 21 de marzo útimo.

PERMANENTE VIGILANCIA

En el contexto del Estado de Emergencia Nacional, declarado por el Ejecutivo y las disposiciones dadas para contrarrestar la epidemia del Coronavirus COVID-19, el Fuero Militar Policial ha dispuesto el trabajo permanente de los fiscales militares policiales a nivel nacional, a efectos de velar por el cumplimiento de las normas operativas y disposiciones institucionales por parte de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, aplicando el Código Penal Militar Policial.

ESTADO DE EMERGENCIA

De acuerdo con la Constitución Política del Perú, las Fuerzas Armadas (Ejército, Marina, FAP) Tienen como finalidad primordial garantizar la independencia, la soberanía y la integridad territorial de la República. Asumen el control del orden interno de conformidad con el artículo 137 de la Constitución. Dicho artículo señala que "En estado de emergencia las Fuerzas Armadas asumen el control del orden interno si así lo dispone el Presidente de la República".

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Asimismo, el Artículo 173 de la Constitución, establece la Competencia del Fuero Militar y especifica que "En caso de delito de función, los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional están sometidos al fuero respectivo y al Código de Justicia Militar".

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